sábado, 25 de febrero de 2017

CODIFICACIÓN CLÍNICA DE PROCEDIMIENTOS OBSTÉTRICOS

TIPO DE PROCEDIMIENTO: PARTO (Valor E)



En esta clasificación el tipo de procedimiento PARTO, se aplica a los partos vaginales asistidos manualmente. La asistencia manual que se presta a un aborto espontáneo, también se considera como asistencia al paso de los productos de la concepción a través del canal genital y por tanto se codifica como un parto espontáneo. 




PROCEDIMIENTOS ASOCIADOS AL PARTO

La asistencia al parto, puede requerir además la realización de otros procedimientos habituales:

Inducción del parto mediante Rotura artificial de membranas (RAM)
 
La rotura artificial de membranas (amniotomía), se realiza para inducir o acelerar el parto. Este procedimiento se realiza por vía vaginal realizando una pequeña punción o incisión de la bolsa amniótica lo que permite la salida del líquido amniótico. Se trata por tanto de un procedimiento de drenaje terapéutico. Hay entrada directa desde el índice alfabético por RAM y el código que debe asignarse es 10907ZC Drenaje en productos de la concepción de líquido amniótico, terapéutico, abordaje orificio natural o artificial.


 
Inducción del parto mediante administración de medicación

El fármaco más utilizado para la inducción farmacológica es la oxitocina administrada por vía intravenosa. Solo debe codificarse cuando se administra con el propósito de inducir el parto; si solo se administra, para aumentar el trabajo de un parto ya activo, no se codifica por separado. La administración intravenosa por vía periférica de oxitocina se codifica 3E033VJ Introducción en Vena Periférica de Hormona Otra Hormona, abordaje Percutáneo (-a) y la entrada en el índice alfabético es:

IA
Inducción del parto
-Oxitocina - véase Introducción, Hormona
Introducción de sustancia en o sobre
Vena
--Periférica 3E03
-- - Hormona 3E03      




Además de la administración de oxitocina, también es frecuente la utilización de óvulos de prostaglandina por vía vaginal para favorecer la maduración del cuello uterino. La codificación correcta es 3E0P7GC Introducción en Sistema Reproductor Femenino Otra Sustancia Terapéutica, abordaje por Orificio Natural o Artificial (en este caso no existe la posibilidad de especificar que la sustancia administrada es una hormona).



Episiotomía

La episiotomía es un procedimiento que se realiza en una mujer embarazada para facilitar y apresurar la salida del feto. Consiste en una incisión quirúrgica en el perineo femenino. Al realizarse sobre una estructura de la mujer que no afecta a los productos de la concepción se codificará con el procedimiento División en la Sección Médico-Quirúrgica.
La realización de una episiotomía, implica la reparación de la misma y por tanto no debe codificarse la episiorrafia como otro procedimiento adicional.

 IA
Episiotomía - véase División, Perineo,
Femenino 0W8N


Anestesia epidural y analgesia materna

Las anestesia epidural es una forma de anestesia regional que proporciona alivio del dolor durante el trabajo de parto y el parto, actualmente se utiliza en el 80% de los partos atendidos. Consiste en la introducción (Sección 3 Administración) de un fármaco anestésico en el espacio epidural espinal (canal espinal) a través de un catéter. El código adecuado es 3E0R3CZ Introducción en canal espinal de anestesia regional, abordaje percutáneo (-a) y la entrada en el índice alfabético es la siguiente:
IA
Administración
Canal Espinal 3E0R3GC
- - Analgésicos 3E0R3NZ
- - Anestésico
- - - Local 3E0R3BZ
- - - Regional 3E0R3CZ 
 La anestesia epidural no es el único tratamiento que puede ayudar a la mujer a controlar el dolor y la tensión durante el trabajo de parto. La administración de otros tratamientos se codificará en la sección 3 Administración teniendo en cuenta la estructura donde se administre (vena, canal espinal, etc.) y la sustancia administrada (analgesia, anestésico, etc.).

Monitorización fetal

La monitorización fetal es una prueba que tiene como objetivo controlar la actividad uterina y el bienestar fetal intrauterinos. Existen dos tipos de monitorización fetal: la externa y la interna. 

Monitorización externa
La monitorización externa se hace colocando dos placas o transductores sobre la piel del abdomen de la madre. Una, registra la frecuencia del latido cardiaco fetal y el otro las contracciones uterinas. El código correcto es 4A1HXCZ Monitorización en productos de la concepción, de frecuencia cardiaca, abordaje externo (-a).
Monitorización interna
En la monitorización interna, se conecta un electrodo al cuero cabelludo del feto introduciéndolo a través del cuello uterino, por lo que la bolsa debe estar rota. La monitorización fetal interna implica la inserción del electrodo en el cuero cabelludo fetal por lo que para codificar el procedimiento son precisos dos códigos, uno para la monitorización de la frecuencia cardíaca 4A1H7CZ y otro para la inserción del electrodo 10H073Z Inserción en productos de la concepción de electrodo de monitorización, abordaje orificio natural o artificial. Además de la frecuencia cardiaca la monitorización fetal permite hacer un registro de la actividad eléctrica (valor 4 de Dispositivo/Función), ritmo (valor F de Dispositivo/Función) o sonidos cardíacos (valor H de Dispositivo/Función).

Desgarro Obstétrico
Una de las complicaciones más frecuentes de la asistencia al parto es el desgarro obstétrico. El desgarro perineal puede clasificarse en cuatro estadios:
La Reparación se realiza en las estructuras maternas que se hayan visto afectadas, por lo tanto habrá que buscar en la Sección Médico-Quirúrgica el sistema orgánico correspondiente a cada estructura (por ejemplo, piel perineal 0WQN, vagina 0UQG, músculo perineal 0KQM, esfínter anal 0DQR, etc.). Hay que tener en cuenta, la normativa B3.5 de planos superpuestos Si un procedimiento de Escisión, Reparación o Inspección se realizan en planos superpuestos del sistema musculoesquelético, se codifica como localización anatómica la capa más profunda. También tendremos en cuenta la norma B4.1b: Si el prefijo “peri” está asociado a una estructura anatómica para identificar el lugar en el que se ha llevado a cabo un procedimiento y la clasificación no tiene un valor preciso de localización anatómica que lo incluya, deberá codificarse de acuerdo a la estructura mencionada. Esta normativa solo es aplicable cuando no es posible determinar una localización anatómica más específica. Es decir, si en un informe nos indican una laceración periuretral, pero la documentación deja claro que la estructura afectada y que realmente reparan es la vulva, esta es la estructura en la que tendremos que codificar el procedimiento.

Parto múltiple

Cuando una mujer ingresa con una gestación múltiple, solo se aplicará la codificación múltiple de procedimientos, si la extracción de los recién nacidos se ha realizado de forma diferente en cada uno de ellos (por ejemplo una extracción con fórceps y otra por cesárea). Si la asistencia prestada ha sido igual para todos los nacidos, se asignará un único código.

jueves, 23 de febrero de 2017

CODIFICACIÓN CLÍNICA DE EMBARAZO-PARTO-PUERPERIO Según CIE-10-ES, Capítulo 15.


CRONOLOGÍA DEL EMBARAZO


La duración media del embarazo en la especie humana es de alrededor de 280 días, 9 meses o 40 semanas completas, contadas desde el primer día de la última menstruación. El período de gestación se expresa en días o semanas completas.

La mayoría de los códigos en el capítulo 15 tiene un carácter final para especificar el trimestre del embarazo.
Los INTERVALOS TEMPORALES DE LOS TRIMESTRES se calculan contando desde el primer día del último período menstrual:

Cuando el trimestre no es componente de un código es debido a que la afección siempre aparece durante un trimestre específico o porque la edad gestacional no es aplicable. Algunos códigos solo tienen caracteres para determinados trimestres porque la afección no se produce en todos ellos, aunque puede aparecer en más de uno.

La asignación del carácter final de trimestre se realizará con la documentación clínica, teniendo en cuenta el trimestre en que se produce el ingreso o contacto. Esto se aplica a la asignación de trimestre para afecciones preexistentes al embarazo, así como para las que se desarrollan o se deben al embarazo. Se revisará el número de semanas de gestación en la documentación clínica para identificar el trimestre adecuado al asignar el código.

Las categorías que incluyen códigos de trimestre tienen un código para “trimestre no especificado”. Solo se utilizará este código cuando la documentación de la historia clínica sea insuficiente para determinar el trimestre y no sea posible obtener una aclaración.

En ingresos en los que se produzca el parto, siempre que exista la posibilidad de utilizar códigos para describir la complicación obstétrica que incluyan en su literal “durante el parto”, se debe asignar dicho código.

Cuando una paciente es ingresada en el hospital por complicaciones del embarazo en un determinado trimestre y permanece en el hospital durante el trimestre siguiente, debe asignarse el código en base al trimestre en que se desarrolla el ingreso o contacto, y no en el que se produce el alta. 


SEMANAS DE GESTACIÓN

Se debe usar un código adicional de la categoría Z3A para indicar las semanas de gestación en la codificación del episodio de la madre. Esta categoría es de aplicación a todas las etapas del embarazo y parto, excepto cuando se asignen códigos de las categorías O00-O02.




SÉPTIMO CARÁCTER PARA IDENTIFICAR EL FETO


Ciertos códigos en el capítulo 15 requieren séptimo carácter para identificar el feto en una gestación múltiple que se ve afectada por la condición que se está codificando. Se debe añadir el séptimo carácter apropiado a cada código de las categorías y subcategorías:


Los séptimos caracteres aplicables son:

0 No aplicable o no especificado
1 Feto 1
2Feto 2
3 Feto 3
4 ⟶ Feto 4
5 Feto 5
9 Otro feto

En estos casos es necesario revisar las notas de séptimo carácter al principio de la categoría o subcategoría para asignar el código adecuado.


RESULTADO DEL PARTO

En los episodios donde se produce el parto se asignará, junto a los códigos que describan el episodio del parto, un código adicional de la categoría Z37.X Resultado del parto, para indicar el número y el estado del recién nacido. Estos códigos únicamente pueden ser utilizados en el episodio de la madre, en el que ocurre el parto, nunca en el episodio del recién nacido.


DIABETES GESTACIONAL

La diabetes gestacional (inducida por el embarazo) suele aparecer durante el segundo o el tercer trimestre de gestación en mujeres que no eran diabéticas antes del embarazo. Puede causar complicaciones en el embarazo similares a las de una diabetes mellitus preexistente y también pone a la mujer en situación de mayor riesgo de desarrollar diabetes después del embarazo. 

Los códigos de diabetes gestacional se encuentran en la subcategoría O24.4 Diabetes mellitus gestacional. No se debe utilizar ningún otro código de la categoría O24 Diabetes mellitus en el embarazo, parto y puerperio, junto con un código de la subcategoría O24.4.

Los códigos de la subcategoría O24.4 Diabetes mellitus gestacional incluyen las formas “con control dietético” y “con control con insulina”. Si una paciente con diabetes gestacional se trata con ambas, solo se necesita el código de diabetes con control con insulina. El código Z79.4 Uso (actual) prolongado de insulina, no se debe asignar junto con los códigos de la subcategoría O24.4.



CONSUMO DE ALCOHOL Y TABACO

Se deben asignar códigos de la subcategoría O99.31 Consumo de alcohol que complica el embarazo, parto y puerperio, para aquellos casos en los que la madre consume alcohol durante el embarazo o el puerperio. Se debe asignar también un código secundario de la categoría F10 Trastornos relacionados con alcohol para identificar las manifestaciones del consumo de alcohol.

Síndrome alcohólico fetal

Se deben asignar códigos de la subcategoría O99.33 Hábito de fumar (tabaco) que complica el embarazo, parto y puerperio, en todos los casos en los que la madre consume cualquier tipo de producto del tabaco durante el embarazo o el puerperio. Se debe asignar también un código secundario de la categoría F17 Dependencia de nicotina para identificar el tipo de dependencia a la nicotina.


MALTRATO

Los códigos de las subcategorías: 


Se deben secuenciar en primer lugar seguidos de los códigos apropiados que identifiquen cualquier lesión asociada actual debida al maltrato físico o al abuso sexual y al autor del maltrato. 

CONDICIONES ASOCIADAS A PARTO NORMAL


PROCEDIMIENTOS ASOCIADOS A PARTO NORMAL


PARTO OBSTRUIDO

Es aquel en el que, una vez iniciado el trabajo de parto, el feto no puede ser expulsado de manera natural a través del canal del parto, siendo necesaria la intervención mediante cesárea o parto instrumentado.

En CIE-10-ES Diagnósticos los códigos para el parto obstruido indican el motivo de la obstrucción y se clasifican en las categorías:

O64 - Trabajo de parto obstruido debido a mala posición y mala presentación del feto
O65  -  Trabajo de parto obstruido debido a anomalías de la pelvis materna
O66  -  Otras obstrucciones del trabajo de parto

Presentación de cara
                     Imagen


Presentación de frente
                          Imagen


Presentación de nalgas
                          Imagen


Presentación de hombro

   Imagen